El Ayuntamiento y la Delegación de Transporte Público, exhortan a transportistas de carga específica y de personal a tramitar sus permisos correspondientes en la ciudad de Xalapa.
Coatzacoalcos, Ver. – El Gobierno Municipal, que encabeza Víctor Manuel Carranza Rosaldo y la Delegación de Transporte Público, a cargo de José Alfredo Zetina Tadeo, invitan a los transportistas de carga específica y de personal, a acudir a la Dirección General de Transporte del Estado, en la ciudad de Xalapa, para llevar a cabo sus trámites correspondientes, para renovar permisos y así poder prestar este servicio.
Además, se informa que es en el área de Permisos y Autorizaciones, donde se le expedirán sus comprobantes de pago que deberán cubrir en la Secretaría de Hacienda del Estado ya sea por el periodo de un año o por un solo día, para que sin ningún problema puedan dedicarse a esta labor.
El costo por todo el año es de mil 93 pesos y por un solo día es de 219 pesos; deberán cubrir los siguientes requisitos:
Oficio de solicitud del permiso de carga dirigido al Director General de Transporte del Estado, Lic. Ángel Alarcón Palmeros, con firma original.
Copia del poder notarial, marcando el nombre del apoderado o representante legal que solicita el trámite.
Copia de INE de cada uno de los participantes de la solicitud, tanto el interesado, apoderado, representante legal y otros.
Copia de constancia de situación fiscal actualizada, debe incluir la clave de RFC, datos del contribuyente y actividad económica.
Copia de comprobante de domicilio a nombre del propietario. Debe ir certificado.
Copia de la Factura del vehículo a nombre del propietario.
Copia de la tarjeta de circulación.
Copia del último pago de derecho vehicular, ejercicio 2020.
Copia de verificación vehicular vigente, con original para cotejo.
Fotografía del vehículo rotulado. Frontal, trasera y laterales, con placas y rótulos de razón social visibles.
Póliza de seguros vigente.
En caso de personas morales, deberán agregar la copia del acta constitutiva, en caso de renovación presentar los documentos anteriores y además el permiso vencido en original.
El pago referencial o recibo de pago debe ser emitido por la SEFIPLAN.
Para el transporte de materiales para la construcción, arena, grava, gravilla, piedra y tierra, en caso de no contar con un giro comercial que justifique un transporte privado se cobrará por día. Para el transporte de menaje de casa, igualmente se cobrará por día.
PARA PERMISO DE TRANSPORTE DE PERSONAL
El costo por todo el año es de mil 93 pesos y por un solo día es de 219 pesos y deberán cubrir los siguientes requisitos:
Oficio de solicitud del permiso dirigido al Director General de Transporte del Estado, Lic. Ángel Alarcón Palmeros, con firma original.
Copia del poder notarial, marcando el nombre del apoderado o representante legal que solicita el trámite.
Copia de INE de cada uno de los participantes de la solicitud, tanto el interesado, apoderado, representante legal y otros.
Copia de constancia de situación fiscal actualizada, debe incluir la clave de RFC, datos del contribuyente y actividad económica.
Copia de comprobante de domicilio a nombre del propietario, debe ir certificado.
Copia de la Factura del vehículo a nombre del propietario.
Copia de la tarjeta de circulación.
Copia del último pago de derecho vehicular, ejercicio 2020.
Copia de verificación vehicular vigente, con original para cotejo.
Fotografía del vehículo rotulado. Al frente y atrás y con la leyenda “Transporte de Personal” y en los costados logotipos de la empresa.
Croquis de la ruta.
Evidencia fotográfica de uniforme y o copia de credencial de identificación expedida por la empresa. (El personal que se transporta debe portar uniforme y gafete de identificación expedido por la empresa).
Póliza de seguros vigentes.
Nómina y listado del personal que se transporta.
Horarios de traslados.
En caso de personas morales, deberán agregar la copia del acta constitutiva, en caso de renovación presentar los documentos anteriores y además el permiso vencido en original.
El pago referencial o recibo de pago debe ser emitido por la SEFIPLAN e igualmente es mil 93 pesos por año y 219 pesos por día.
ARTÍCULO 103 DE TRANSPORTE PÚBLICO
Es importante mencionar que todo lo anterior, está basado en el Artículo 103 del Transporte Público, el cual estipula que se considera servicio particular que requiere autorización, el siguiente:
I.- Cuando se trate de personas:
- El que en vehículos de su propiedad realicen los establecimientos educacionales de muebles y efectos en uso o las instituciones deportivas, para la satisfacción de sus fines.
- El transporte de personal que realicen las empresas e instituciones con vehículos de su propiedad aun cuando los otorguen a sus trabajadores como prestación laboral.
- Falta de autorización para transporte particular de carga o pasajeros.
- Falta de autorización para el transporte.
- Falta de autorización para servicio de grúa exclusivo de empresas.
II.- Cuando se trate de carga:
- El transporte de muebles y efectos en uso aun cuando se realicen por una empresa.
- Los vehículos dotados de grúa para el servicio exclusivo de empresas.
- El transporte que los agricultores, mineros, comerciantes, industriales o las empresas, efectúen de sus productos o artículos con vehículos de su propiedad.
- Falta de autorización para el transporte de personal en vehículos de su propiedad.
(Adicionado, G.O. 23 de marzo de 1991) se exceptúan de esta autorización, los vehículos particulares con capacidad hasta de 3,500 kilogramos.