(Tercera y última)
Por Plinio Soto Muerza
Es muy común que las autoridades municipales, recurran a la mentira para justificar
sus actos de gobierno, lo que es en sí reprochable. Pero que se recurra a la mentira
y ello se acompañe con la violación de la ley, es ya no sólo condenable, sino que
debe de ser llevado a los tribunales.
En el tema del transporte público en Orizaba, en las dos anteriores entregas hemos
demostrado que la autoridad municipal no sólo ha mentido sino que ha incurrido en
la violación a la Ley Estatal de Tránsito y Transporte, al poner en circulación
unidades de transporte (los llamados Gallos), sin el permiso y la concesión
respectiva, tal y como lo exige el artículo 116, y 118, inciso e, de la mencionada ley,
sino que incluso ha violentado otras disposiciones legales , al aprobar en cabildo el
17 de julio del 2003, la puesta en circulación del mencionado transporte, destinando
para ello recursos públicos bajo la premisa falsa de que la ley se los permite. La
justificación a la que ha recurrido el ayuntamiento es que la Legislatura aprobó el
Plan Municipal de Desarrollo, en cuyo contenido se identifica la propuesta de
implementar la ruta de transporte de los Gallo. Sin embargo, hemos demostrado
que dicha premisa es del todo falsa, porque si bien el Congreso aprobó dicho plan
municipal, ello no significa que dicho plan permita supletoriamente aplicar la ley, o
en el peor del caso, sustituirla por completo.
Lo que ha perpetrado el Cabildo de Orizaba, es un verdadero atraco a las finanzas
públicas, porque burlando la ley, destinaron recursos económicos, que son parte del
erario público, a un fin que es en esencia un delito.
El problema se agrava si consideramos que al iniciar operaciones el “Gallo”, se
quebrantó el artículo 272 bis del Código Penal para el estado de Veracruz, que
textualmente establece: “A quien promocione o realice un servicio de transporte
público en cualquiera de las modalidades establecidas en la ley de la materia, sin
contar con la concesión o el permiso respectivo expedido por la autoridad
competente, se le impondrán de tres a nueve años de prisión y multa de
cuatrocientos hasta seiscientos días de salario”.
Pero más aún, con la aprobación del Cabildo para la implementación de los “Gallos”,
todos los integrantes, iniciando por el Presidente Municipal, violentaron el artículo
125 fracción III y IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre para Veracruz, que
establece las causas graves para la suspensión del mandato, como es la comisión
de “delitos intencionales durante su encargo”, o bien, “los actos u omisiones que
afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben
observar en el desempeño de sus atribuciones”. No debe olvidarse que los
integrantes del cabildo municipal juraron hacer valer y respetar las leyes con las que
cuenta el estado de Veracruz.
Como se desprende de lo anterior, menudo lio tiene hoy la autoridad municipal en
Orizaba, que ha cometido un delito a toda vista.
De tal forma, el debate sobre el transporte público en Orizaba, en estos momentos
y bajo estas circunstancias, no radica en el deseo de ayudar a las clases más
vulnerables de la ciudad bajo el pretexto de buscar la implementación de tarifas
bajas, incluso se habla de un servicio gratuito, sino se trata de un tema de legalidad,
donde se pone a prueba el marco legal que existe en el estado de Veracruz para el
funcionamiento de los ayuntamientos.
Es a todas luces y bajo todas las ópticas posibles, muy claro que el Ayuntamiento
de Orizaba violentó la legalidad y, por lo tanto, ha abrazado, otra vez, el camino de
torcer la ley para favorecer a intereses privados, en este caso, muy vinculados al
propio presidente municipal, que, dicho sea de paso, no es la primera vez que ha
recurrido a la mentira y a la sistemática violación de la ley para cumplir sus caprichos
y sueños de poder. La lista de abusos e ilegalidades, atropellos y abusos por parte
del actual presidente municipal en Orizaba, es ya muy grande, pero de ello,
hablaremos en otra ocasión