Presenta Grupo Legislativo del PAN una iniciativa que prevé incorporar en el Código Penal
estatal las agravantes establecidas en lo federal.
Xalapa, Ver., 25 de septiembre de 2025.- Para armonizar en el estado el tipo penal de
feminicidio con las disposiciones vigentes establecidas en el Código Penal Federal y así
lograr un marco jurídico uniforme que fortalezca la atención, la investigación y sanción de
este delito, el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) presentó al Pleno de la
LXVII Legislatura una iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones del Código
Penal estatal.
Durante la tercera sesión ordinaria y en nombre de la bancada de Acción Nacional, la diputada Luz Alicia Delfín Rodríguez expresó que en Veracruz la tipificación del feminicidio varía entre la legislación local y la federal, “el Código veracruzano omite agravantes y sanciones a autoridades que obstaculicen las investigaciones, lo que crea una disparidad en la forma en que se aborda, investiga y sanciona”.
Agregó que desde hace años organizaciones internacionales y el Gobierno Federal han instado a los Congresos locales a armonizar u homologar sus códigos penales, para así adecuar los protocolos de investigación pericial y ministerial en estos casos.
De acuerdo con la iniciativa, se prevé incorporar como agravantes en el delito de feminicidio cuando se realicen actos de necrofilia, que el cuerpo de la víctima sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público; que la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida, y que el sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo; o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación
Por otra parte, además de las sanciones de 40 a 70 años de prisión, el sujeto activo perdería todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio. En su caso, también perdería todo derecho con relación a las y los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez, en términos de lo previsto por la legislación aplicable.
La pena se agravaría hasta un tercio cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada, mujer mayor o con discapacidad, así como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición.
Por último, el servidor público que retarde o entorpezca por negligencia la procuración o administración de justicia, se le impondrían penas de prisión de cinco a quince años y sería destituido e inhabilitado para desempeñar otro empleo, cargo o comisión hasta por el mismo periodo.
La iniciativa fue turnada para su análisis a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y para la Igualdad de Género. Se adhirió a la misma la diputada de Movimiento Ciudadano, Elena Córdova Molina.